Acabo de conocer -vía Carlos Blanco- la decisión del WIPO sobre cava.com, cuyo panelista ha denegado la demanda que el Consejo Regulador del Cava efectuó para hacerse con este gran dominio y no cabe más que alegrarnos por este fallo, un reflejo también de que los genéricos en caso de arbitraje prácticamente se defienden solos. Y digo esto porque el demandado, Adrian Lucas (de Suiza) ni siquiera se molestó en contestar a la demanda (algo muy arriesgado -y no recomendable- generalmente si se quiere conservar el dominio).
Para tomar esta decisión, el panelista tuvo en cuenta que:
-La demanda se interpuso una década después de que el dominio fuera registrado
-El nombre de dominio NO es una marca, sino un término genérico
-La marca del demandante (CONSEJO REGULADOR CAVA) fue registrada en 2003 por lo que en 1996 -cuando se registró el dominio- el demandante NO tenía derechos de marca sobre cava.com
Está claro que aún habrá quien intente hacerse con dominios premium genéricos a “precio de WIPO” en lugar de pactar un precio con el legítimo registrante, pero esto, afortunadamente ha cambiado -o está cambiando-: los panelistas cada vez conocen mejor la Industria y pueden tomar decisiones más justas.