Hace 2 días me encontré con un interesante artículo en The Domains que trata sobre los problemas que pueden generar las políticas de registro demasiado permisivas en los ccTLDs, como es el caso del .co.uk . Y es que si bien ha permitido el crecimiento rápido de la extensión también ha traído consigo inconvenientes, como el hecho de que algunas empresas chinas simulan ser “locales” para vender sus productos -falsificados o robados en algunos casos-, aprovechándose de la confianza de los usuarios en su ccTLD, que creen estar realizando la compra en un establecimiento de su país.
¿Puede minarse la confianza de los consumidores en su extensión local?
Creo que si se piensa detenidamente la respuesta debería ser que no. Sitios web de fraude de este tipo existen para todas las extensiones de dominio, más aún en el .com y no por ello los usuarios desconfían de este TLD. Pienso que en todo caso alguien con una mala experiencia de compra online perdería la confianza precisamente en el proceso de compra online, no en la extensión en sí misma.
Los Sitios de fraude extranjeros se han dado cuenta de la ventaja que les proporciona tener un ccTLD porque los consumidores prefieren hacer sus compras en tiendas de su país y la extensión -a simple vista- parece una garantía.
Una de las recomendaciones que se dan para verificar que el comercio es “local” si no se está seguro es ver los datos del dominio en el Whois. También comprobar que se utiliza SSL, por ejemplo (aunque todo esto requeriría que los usuarios adquirieran conocimientos más avanzados de este medio).
Aquí la política de registro pide que exista un interés o vínculo en nuestro país para poder registrar un .es
Sobre el eComercio en España comentar que este año casi la mitad de los ingresos obtenidos han ido a parar a otros países. Y si este porcentaje es tan alto no es porque aquí preferimos comprar fuera -en mi opinión-, sino porque la oferta de establecimientos online españoles aún tiene que crecer mucho.